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Los primeros 5 imputados del sumario Egunkaria ABSUELTOS

Todo lo que tenga que ver con el euskera no es ETA afirma la Audiencia Nacional

12-04-2010

La sentencia de la Audiencia Nacional ABSUELVE a los imputados en el caso Egunkaria SAko. 

La Audiencia Nacional absuelve a Joan Mari Torrealdai, Iñaki Uria, Txema Auzmendi, Martxelo Otamendi y Xabier Oleaga imputados todos ellos en el caso del cierre del periódico 'Egunkaria', argumentando que no han hecho ningún delito y por decisión unanime del tribunal. La sentencia afirma que la decisión de cerrar el periódico va en contra de la Constitución Española, y tomando en consideración la libertad de expresión, a hora de cerrar el periódico había más opciones que la que se tomó. En febrero del 2003 la Guardia Civil cerró el periódico en euskera. 

Se recuerda,de todas formas, que esta sentencia se puede recurrir.

La sentencia se puede leer en la página web de Berria, berria.info.

Hacía tiempo que no se redactaba ni leía nada parecido desde la Audiencia Nacional, por lo que desde aquí os animamos a que lo leaís. No tiene ningún desperdicio, por lo menos estos dos textos que os los traemos a continuación. 

"La estrecha y errónea visión según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por E.T.A. conduce, en el proceso penal, a una errónea valoración de datos y hechos y a la inconsistencia de la imputación."

O este otro: 

"Con el fin de sortear este obstáculo la tesis de las acusaciones contiene una subordinada que pretende justificar la dificultad probatoria según la cual lo que se ve no es lo que parece y lo que se ve no es lo que es, porque E.T.A. procuró elegir para liderar el proyecto a personas que no tuvieran una clara vinculación con la banda o con la izquierda radical “abertzale” para, engañando a la sociedad, controlar el proyecto sin que se le identificara con la organización terrorista.
Esta última tesis, que hemos denominado subordinada, carece del más mínimo sustento probatorio, es mera especulación y, como tal, es rechazada desde luego por el Tribunal."

Para leer integramente la sentencia, aquí.

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